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Discriminación por Edad | Spanish Dolan Law Firm

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As civil rights lawyers, we at Dolan Law Firm are passionate about fighting for justice and equality for individuals who have had their rights violated. We are committed to providing exceptional legal representation and personalized attention to our clients. If you need a civil rights lawyer to advocate for your rights, contact us today. We are here to help you every step of the way.

EMPEZAR

Settlement Records

$2.5M

Gender & Sexual Orientation Discrimination

$300,000

gender orientation discrimination

$4M

race discrimination

$650,000

Discrimination in the workplace

SUMMARY

Discriminación por Edad

Es ilegal el discriminar en contra o acosar a alguien por su edad. Los individuos de 40 años están considerados bajo una clasificación protegida por la ley. En la oficina legal de The Dolan Law Firm hemos manejado numerosos casos por discriminación con excelentes resultados recuperando compensación por daños a favor de empleados que han sufrido de discriminación y/o acoso en sus lugares de trabajo. Contáctenos si cree que ha sido tratado ilegalmente debido a su edad. Llevamos nuestros casos en base a resultados y usted solo paga honorarios si recuperamos compensación para usted.

La edad, como la raza y el sexo, es producto de la naturaleza no de la elección del individuo; una vez adquirido, el estatus por tener más de 40 es permanente e inmutable como la raza o el sexo. La discriminación por edad ataca la autoestima de la misma manera que la discriminación por raza o sexo. De hecho, la discriminación por edad ha sido definida como un estereotipo sistemático de discriminación contra personas porque son mayores, de la misma manera que el racismo y sexismo logran con el color de la piel y el sexo. California Government Code Section 12940 ( página en Inglés )

Asimismo, es ilegal la discriminación en vivienda en base a la edad bajo el Código Civil de California Sección 51.10.

Ejemplos de acoso y discriminación ilegal incluyen;

  • negar el empleo/contratar a alguien por no ser joven;
  • hacer bromas o comentarios no deseados en base a la edad;
  • asignación de tareas indeseables o humillantes solo a personas mayores;
  • salarios más bajos por el mismo trabajo;
  • negación de entrenamiento, educación o de otros beneficios a personas mayores,
  • hacer el trabajo más difícil que motive a alguien a renunciar; y
  • reducción de personal/despido desproporcionado que afecta a personas mayores.

Pueden ser también discriminatorias las terminaciones desproporcionadas que afecten más a las personas mayores que a los trabajadores jóvenes, así como también políticas que proveen entrenamientos o beneficios educacionales, u otros beneficios, que son solo para trabajadores jóvenes. Asimismo, la ley de California excluye las decisiones de terminación en base a salarios, que tengan gran impacto en personas mayores.

¿PUEDE USTED RENUNCIAR SI LAS CONDICIONES SON INTOLERABLES?

La ley reconoce que algunas veces las condiciones se ponen tan mal que las personas no tienen otra alternativa razonable que el renunciar a sus empleos en vez de continuar soportando una conducta ilegal. Un empleado no puede renunciar a su trabajo y demandar por un simple incidente. Las condiciones deben de ser severas y frecuentes para que una persona razonable piense que no se tiene otra alternativa y que en efecto tuviera como consecuencia la renuncia. Usted primero debe reportar las condiciones a través de los lineamientos de quejas de la compañía, si es posible, antes de que usted renuncie o que sus derechos a recuperar compensación por daños sean reducidos. Para más información, por favor contáctenos.

QUÉ HACER SI USTED HA SIDO TRATADO ILÍCITAMENTE

Muchas compañías cuentan con políticas referentes a anti-discriminación y acoso dentro de sus manuales. Asimismo, estas quizás reporten requerimientos en los cuales se requiera que usted siga ciertos canales de comunicación por los cuales pueda requerir los ajustes necesarios y/o reporte de acoso, discriminación y/o represalias. Usted debe seguir estos procedimientos y documentar sus acciones por escrito. El incumplimiento a seguir este tipo de procedimientos quizás lo lleve a la negación de sus derechos de recuperar ciertos daños, tales como daños punitivos. La ley lo protege a usted de represalias.

Usted tiene periodos limitados de tiempo para actuar en protección de sus derechos El no actuar prontamente, quizás eliminé sus derechos a tomar acción legal. Para más información sobre estos estatutos de limitaciones, contáctenos.

Un individuo que sufrió de una conducta ilegal en California, en violación a sus derechos bajo la Ley de Empleo y Vivienda Justa (tal como discriminación y/o acoso basado en la clase de un grupo protegido por la ley) debe presentar la queja ante el Departamento de Empleo y Vivienda Justa (DFEH), generalmente dentro del año a partir de que ocurrió la conducta (existen excepciones limitadas en ciertos casos) o quizás se puedan perder los derechos a entablar la acción legal por esta conducta. Para información sobre esta conducta, y para encontrar las formas requeridas, visite la página de DFEH, donde también podrá encontrar el proceso de queja a seguir. http://www.dfeh.ca.gov/. (Página en inglés)

Si usted cree que ha sido discriminado o acosada porque está embarazada, contacte a The Dolan Law Firm para una evaluación gratuita de su caso.

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Frequently Asked Questions

Individual, attentive legal representation by highly experienced crash and accident attorneys with an outstanding record of success;
Substantial investigative, financial and technological resources that no individual attorney or small law firm can provide.

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Discriminación

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